Aquí se introduce la noción de habaneridad para estudiar la conmemoración de la fundación de la villa de San Cristóbal de La Habana como un constructo político-cultural que se originó en el siglo XVIII.
«La columna de Cagigal y El Templete son exponentes de ese orgullo identitario que definimos como habaneridad, el cual comenzó por invocar el origen de la ciudad, reinventándolo en tiempo y lugar».
A diferencia de las demás primeras villas cubanas, La Habana logró legitimar simbólicamente su acto fundacional desde mediados del siglo XVIII, gracias a un conjunto patrimonial histórico-artístico (monumental, estatuario, pictórico y epigráfico) que reconoce la primera misa y cabildo celebrada al pie de una ceiba en 1519. Componen ese complejo patrimonial: la Columna de Cagigal (1754) y El Templete (1828), ambos evocadores de aquel árbol primigenio, cuyas réplicas han protagonizado la festividad
que se inicia cada noche en vísperas del 16 de noviembre. A lo largo de dicha jornada, una procesión de habaneros consuma el rito de rodear en silencio el tronco de esa ceiba pentandra. Según la tradición, al palpar su corteza con las manos, dicho gesto ayuda a que se concedan las peticiones hechas durante ese acto ritual. El elemento de la naturaleza funcionaría, entonces, como una suerte de intermediario entre los mundos material y espiritual.
Aunque parece un tema trillado, que se retoma una y otra vez en ocasiones celebrativas, esta tradición habanera plantea aspectos muy interesantes desde el punto de vista histórico, sociológico y antropológico. Aquí exponemos una línea de investigación para estudiar dicha tradición y el conjunto patrimonial asociado, considerándolos en unidad simbiótica como el complejo simbólico por antonomasia de la habaneridad. Para ello proponemos atenernos al concepto de «tradición inventada» propuesto por Eric Hobsbawm, entendido como el «conjunto de prácticas regidas normalmente por reglas manifiestas o aceptadas tácitamente y de naturaleza ritual o simbólica, que buscan inculcar ciertos valores y normas de comportamiento por medio de la repetición, lo que implica de manera automática una continuidad con el pasado. De hecho, cuando es posible, estas prácticas intentan normalmente establecer una continuidad con un pasado histórico conveniente»1.
La pertinencia de este estudio se inscribe en las acciones orientadas a la conmemoración del V Centenario de la fundación de la villa de San Cristóbal de La Habana. De hecho, sobre la base del concepto de «tradición inventada», consideramos totalmente acertada la decisión de postergar esa celebración hasta 2019, dando continuidad a la práctica ya instaurada de conmemorar la (re)fundación de la villa en la costa norte en 1519, a la que fue trasladada desde un «primitivo asiento», donde «fundose» en 1514 o 1515.2 Sabemos de estos años fundacionales por la inscripción de la Columna de Cagigal, erigida en el mismo lugar donde se conservaba aquel supuesto árbol primigenio. Envejecida, sin follaje, esa presunta ceiba fue reproducida a relieve en la cara del lado Este de dicha pilastra.
Los historiadores no han encontrado ninguna mención sobre el acto fundacional de villa de San Cristóbal de La Habana que anteceda a la Columna de Cagigal. No existe referencia documental sobre aquella primera misa y cabildo en las actas capitulares, las cuales solo se conservan a partir de 1550.3 Por tanto, esa pilastra con la ceiba en relieve arroja la única clave temporal y espacial para ubicar un sitio fundacional de la villa habanera. Incluso, aunque la sobrevivencia de ese árbol hasta el siglo XVIII sea una ficción histórica, un hecho incierto, ocurre que la Columna de Cagigal lo convirtió en algo verdadero, arraigándolo como señal de identidad.
Por eso entendemos como un acto legítimo, sólidamente respaldado, el seguir teniendo como referente a 1519 como el año fundacional de la villa de San Cristóbal de La Habana, aun cuando haya sido un acto de «refundación» por los vecinos que la habitaron en la costa sur. La razón incuestionable de mantener ese referente cronológico estriba en que se establece «continuidad con un pasado histórico conveniente», que en este caso es el pasado de la propia tradición celebrativa, la cual fue «inventada» en 1754, como demuestra tangiblemente la Columna de Cagigal con sus inscripciones y el relieve de la presunta ceiba primitiva. Retomando esa tradición y amplificándola, fue inaugurado El Templete en 1828, con los cuadros alegóricos en su interior: La primera misa y El primer cabildo, obras que Vermay pintó por encargo del obispo Espada.
Habaneridad: Patria y patrimonio
Nuestra introducción de la noción de habaneridad responde a una epistemología del patrimonio histórico cultural que asume como objeto de estudio a la «patria local» o «patria urbana», considerando que el patriotismo habanero precedió al patriotismo insular cubano.4 En las antiguas colonias españolas, la noción de patria (de pater, padre) operaba en dos sentidos: uno inmediato, tradicional, de adhesión a la religión católica y al rey (figura paterna), y otro vinculado al entorno de nacimiento (hábitat): desde el clima hasta las costumbres de cobijarse, comer, vestir..., así como el modo de sentir y pensar. Al sentirse y pensarse como dotada de una identidad cultural propia, la élite política habanera necesitó autovalidarse públicamente ante la monarquía española. La columna de Cagigal y El Templete son exponentes de ese orgullo identitario que definimos como habaneridad, el cual comenzó por invocar el origen de la ciudad, reinventándolo en tiempo y lugar.
Por supuesto, esa invención o constructo político- cultural se basaba en una realidad objetiva: las normativas estipuladas para las fundaciones de las ciudades españolas en tierras americanas, específicamente la celebración de la primera misa y cabildo. Semejante en estructura y composición al concejo de inspiración medieval castellana, en tanto asamblea de concejales, el cabildo era la institución legal que velaba en lo adelante por los problemas judiciales, administrativos, económicos y militares que atañeran al desenvolvimiento de la villa o ciudad. Por ende, junto al simbolismo y ritualidad católicos, el acto fundacional de cada villa representaba un hito de carácter jurídico, pues legitimaba el poder ejecutivo capaz de hacer cumplir las sentencias de acuerdo con las leyes aplicadas en el Imperio español. Ambos componentes de la ceremonia —religioso y jurídico— convergían al escoger para celebrarla un árbol robusto y frondoso, convirtiéndolo en símbolo de la justicia que se impartiría sobre la juridiscción circundante. Esto incluía la ejecución de castigos en público, para lo cual servía de picota esa suerte de «árbol de justicia».
Al ser resignificado con un sentimiento identitario, ese elemento natural —la ceiba pentandra en nuestro caso— era invocado a conveniencia como único testigo de la iniciación religiosa y jurídica de la civis o civitas (ciudadanía o ciudad). Bastaba que sobreviviera un ejemplar longevo en el entorno de la «plaza de armas» o «plaza mayor», por haber sido este espacio público el punto de partida para el trazado urbano de la villa. Ese árbol era derribado y se erigía un rollo o pilastra en su lugar, aunque plantando nuevos ejemplares para repetir ese elemento natural y así garantizar la continuidad con el pasado que daba pie a la tradición. Es lo que se hizo al erigir la Columna de Cagigal y El Templete, respectivamente: derribar la ceiba vieja y sembrar tres nuevas, de las cuales sobrevivió una en ambos casos.
Un aspecto polémico es la precisión de la fecha fundacional y, por extensión, de su inclusión en el calendario anual. Aquí la cuestión radica en que se venera al santo patrono de la ciudad, la cual —se supone— lleva el nombre de San Cristóbal por haber sido fundada un 25 de julio. Sobre la petición de iniciar tal festividad ese día del santoral, hay constancia en varias actas capitulares correspondientes a 1625, así como sobre la creación de una hermandad con tal propósito en 1631, la cual se encargaría de organizar la procesión con la figura del santo en andas y demás requisitos que se sumaban al oficio de misa en la Parroquial Mayor.5Asimismo, esos documentos consignan que hacia la tercera década del siglo XVIII esa celebración se había pasado para el 16 de noviembre, y así quedó registrada por José Martín Félix de Arrate en el índice de festividades anuales que aparece en su Llave del Nuevo Mundo.
Teniendo en cuenta que este autor fue regidor perpetuo del Ayuntamiento (antiguo cabildo) y alcalde ordinario desde 1752, resulta evidente una relación intrínseca entre ese libro suyo, reconocido como la primera historia de La Habana, y la Columna de Cagigal, a la cual hace referencia dicho texto y que fue colocada en noviembre de 1754, de acuerdo con la inscripción en latín sobre la lápida colocada en su lado sur. Apoya nuestra tesis de la habaneridad como constructo histórico-político el que Arrate no ofrezca explicación alguna de por qué el 16 de ese mes para rendir culto a San Cristóbal, salvo que esa fecha fue escogida para que «no se embarace la festividad con la de Santiago patrón de España y de la Isla». Esta ambigüedad historiográfica es mayor en lo que respecta a cuándo y cómo se estableció la conexión ritual entre la fiesta santoral y el protagonismo de la ceiba, máxime cuando esta siempre fue derribada para dar prioridad a la iniciativa monumental.
En este punto, resulta de gran importancia replantearse el tema de la erección de El Templete bajo el auspicio del obispo Espada. Motivo de variadas interpretaciones, ese monumento neoclásico contiene claves aún por descifrar para esclarecer su significación simbólica, un tema que fascinó tanto a Fernando Ortiz como Emilio Roig de Leuchsenring, quienes alguna vez acariciaron escribir un libro conjunto sobre el tema.6 Tal vez sea el momento de intentar aunar ambas perspectivas —las del antropólogo y el historiador—, así como la del sociológo, para resolver la ecuación de balance entre religiosidad y civismo que mueve a los habaneros de hoy a rodear la ceiba, cada 16 de noviembre.
Argel Calcines,
Editor general de la Revista Opus Habana
1. Eric Hobsbawm y Terence Ranger: La invenció n de la tradición. Barcelona, Crí tica, 2002, p.1.
2. Eusebio Leal Spengler: «Y no perezca en lo porvenir la fe habanera», en este mismo número de Opus Habana, pp. 4-8.
3. Argel Calcines, Ana Lourdes Insua y Anixa Quesada: «Actas Capitulares», en Opus Habana, Vol. VI, 2002.
4. Sobre la noción de «patria urbana», ver el ensayo de Julio Le Riverend: «Arrate, la mirada inteligente al pasado», en José Martín Félix de Arrate: Llave del Nuevo Mundo. Biblioteca de Clásicos Cubanos, Imagen Contemporánea, La Habana, 2005.
5. Actas del 14 de junio de 1625 y del 12 de junio de 1631 (libros 8 y 9 de los trasuntados, folios 132v y 96v-98). Agradezco estas referencias a Ana Lourdes Insua.
6. Félix Julio Alfonso López: La Ceiba y el Templete. Historia de una polémica. Extramuros, La Habana, n o. 28, 2009.
(Tomado de Revista Opus Habana, Vol. XVI, No. 1, jun 2014-dic, 2014)